ACCIÓN NEGATORIA.
En el Código Civil no se contempla expresamente la acción negatoria como un medio de protección de la propiedad. Pero la jurisprudencia y la doctrina entiende que está implícita en el artículo 348 del CC. Por el contrario, en la Ley 13/1990, de 9 de julio, de la Acción Negatoria, las inmisiones, las servidumbres y las relaciones de vecindad se regula en su artículo 2. Esta Ley ha sido modificada por la Ley 22/220, de 31 de diciembre, de regulación de los derechos de superficie, servidumbres y de adquisición voluntaria o preferente, pero no ha afectado a esta materia.
SENTENCIAS SOBRE ACCIÓN NEGATORIA.
1.-ACCIÓN NEGATORIA. USUCAPIÓN
DE SERVIDUMBRES: Tiempo del transcurso de la prescripción extraordinaria
ganado para la prescripción ordinaria de la actual Ley13/1990, de
9 de julio.
Sentencia de la Sección
3ª de la A.P. de Tarragona de 28 de junio de 1999 (Rollo 67/1998).
3.- ACCIÓN NEGATORIA.-
Existencia de tubería de riego entre predios colindantes. Constitución
de servidumbre entre las dos fincas. Desestimación de la acción:
Acuerdo previo de establecimiento de la servidumbre.
Sentencia de la Sección
3ª de la A.P. de Tarragona de 5 de julio de 2004 (Rollo 298/2003).
4.-ACCIÓN NEGATORIA. Naturaleza.
Requisitos. Servidumbre de paso: No se ha acreditado su existencia.
Sentencia de la Sección
3ª de la AP de Tarragona de 22 de diciembre de 2004 (Rollo 261/2003)